EL SEGURO DE EMBARCACIÓN DE RECREO PIEZA A PIEZA

El seguro puede ser desde lo más simple a lo complicado que se nos antoje.

Los seguros de embarcaciones pueden configurarse contratando solo las coberturas que queremos. Para  ello vamos a intentar explicar lo más simplemente de que trata cada cobertura. Estás ideas son muy superficiales y son para coger unas nociones básicas de lo que es el seguro de nuestro barco. Para saber su cobertura total rogamos nos consulten o léanse los condicionados que les facilitaremos.

RESPONSABILIDAD CIVIL: Seguro obligatorio embarcaciones recreo.

A Groso modo serian los daños que nosotros o nuestra embarcación le hagan a otras personas o embarcaciones.

Desde 1999 hay una ley  que dice que todas las embarcaciones a motor deberán de tener este seguro por un importe mínimo de 96161 € que cubrirán los daños a cosas y 120000 para los daños a personas.

RESPONSABILIDAD CIVIL VOLUNTARIA

Esta garantía es una ampliación de la anterior por que por ejemplo si con la cobertura básica hiciésemos un siniestro  de Daños de más de 96000e tendríamos que pagar de nuestro bolsillo la diferencia.

PERDIDA TOTAL

Esto se da cuando el valor del daño sufrido por la embarcación es mayor que lo que valía en el momento justo antes del siniestro.

ROBO

Esta cubre el robo de la embarcación o de su motor. También los daños producidos en su intento. También están cubiertos  objetos personales siempre que lo contratemos. Portátiles, cámaras…

DAÑOS PROPIOS A LA EMBARCACION

Cubre los daños sufridos por el barco a causa de un golpe que le demos nosotros o que nos dé un tronco en navegación.

RIESGOS EXTRAORDINARIOS

Aquí se cubren cosas así como la ciclo génesis explosiva del 2009, inundaciones terremotos u otros.

GASTOS DE SALVAMENTO

Esta cobertura se antoja indispensable para los barcos que salen a navegar a la mar ya que nos reembolsaran los gastos de salvamento  en  los que incurramos.

Evidentemente hay muchas más coberturas pero estas son algunas de las que consideramos básicas.